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Aviso sobre Las Prácticas de la Privacidad
Vigencia a partir del 7 de Enero 2004
Este aviso describe cómo puede ser usada y divulgada su información
médica y también cómo usted puede tener acceso a dicha
información. Por favor léalo detenidamente.
Si usted tiene alguna pregunta sobre este aviso, por favor comuníquese
con el Privacy Officer en Casey Family Services, 127 Church Street, New Haven,
CT 06510 o a través del e-mail en HIPAAprivacy@caseyfamilyservices.org.
Usted también puede comunicarse con la Oficina de Derechos Civiles en
http://www.hhs.gov/ocr/hipaa/ o
llamando al teléfono 1-800-368-1019.
NUESTRO COMPROMISO EN CUANTO A LA INFORMACION PROTEGIDA DE SALUD
(PHI –siglas en inglés)
“La información protegida de salud” (PHI) es información
sobre usted, relacionada al cuidado de su salud y los servicios sociales, incluyendo
información demográfica, que puede identificarle a usted y que
se refiere a las condiciones de su salud física y mental en el pasado,
el presente y el futuro. Nosotros entendemos que su PHI es personal. Nosotros
estamos comprometidos a proteger su PHI y a divulgar la mínima información
necesaria para lograr este propósito. Nosotros creamos un archivo del
cuidado y de los tratamientos que usted recibe a través de Casey Family
Services. Este aviso se aplica a toda su PHI archivada durante el tiempo que
usted recibe servicios de nuestra agencia.
Este Aviso sobre Prácticas de la Privacidad describe cómo usamos
y divulgamos su PHI con el propósito de efectuar servicios sociales /
tratamientos, pagos, u otras actividades para brindarle la debida atención
a su salud y a otros propósitos permitidos por la ley (vea abajo). También
describimos sus derechos en cuanto al acceso y al control de su PHI.
La ley exige que cumplamos con los términos de este Aviso sobre Prácticas
de la Privacidad. Nosotros podemos cambiar los términos en cualquier
momento. Sin embargo, tan pronto se efectúe un cambio material en los
usos y divulgaciones de la PHI lo revisaremos y distribuiremos un nuevo Aviso
o lo pondremos a su disposición en su próxima visita a nuestra
agencia.
I. Los Usos y las Divulgaciones de la Información Protegida de
Salud (PHI).
Al llegar a nuestra agencia, habrá formularios que usted tendrá
que llenar y datos que deberá proporcionarnos. Su PHI puede ser usado
y revelado por nuestra Agencia, nuestro personal y otras personas fuera de nuestra
oficina quienes están involucradas en su cuidado y tratamiento con el
fin de proporcionarle servicios.
También se puede usar y divulgar su PHI para pagar sus gastos de servicio
social y cuidado de salud, así como para apoyar la entrega de servicios.
A continuación hay algunos ejemplos de cómo nosotros podemos
utilizar y divulgar su PHI. No son ejemplos exhaustivos, pero describen el tipo
de usos y divulgaciones que nuestra oficina puede hacer.
A. Tratamiento/Servicios Sociales: Nosotros podemos usar y
divulgar su PHI para proveer, coordinar o manejar su cuidado de salud y otros
servicios relacionados. También compartiremos la información que
usted nos proporciona con los supervisores o nuestro personal interno para que
ellos puedan ayudar a determinar cuáles son los servicios más
indicados para usted.
B. Pagos: Se puede usar su PHI, en caso de necesidad, para
obtener el pago por los servicios que nosotros le brindamos. Esto puede incluir
algunas actividades que su seguro de salud o quien le suministra los fondos
necesitan conocer antes de aprobarlos o pagar por los servicios que nosotros
recomendamos para usted; determinar su elegibilidad o la cobertura de los beneficios
de su seguro médico, revisión de los servicios brindados a usted
por necesidades médicas, y efectuar actividades de revisión. También
podemos revelar su información a otro proveedor involucrado en su cuidado
para asegurar su elegibilidad para dichos servicios.
C. Operaciones: Si fuera necesario, nosotros podemos divulgar
su información para nuestras propias operaciones de servicios sociales
para poder proveer así un adecuado servicio de calidad a todos nuestros
clientes, para brindar a nuestro personal el entrenamiento necesario o para
asegurar la eficiencia de nuestras operaciones. Estas pueden incluir actividades
tales como:
- Evaluaciones cualitativas y actividades de mejoramiento,
- Actividades de revisión del trabajo de nuestro personal,
- Programas de entrenamiento para estudiantes, internos o practicantes
bajo supervisión,
- Actividades de acreditación, certificación, obtención
de licencia o credenciales,
- Revisión y auditoria, incluyendo revisión de conformidad,
revisión de archivos, servicios legales y el mantenimiento de programas
de cumplimiento, o
- Administración del negocio y otras actividades administrativas
generales
En algunas circunstancias, podemos divulgar información de un cliente
a otro proveedor o plan de cuidado de salud para las actividades propias del
cuidado de salud o de los servicios sociales de tales proveedores.
D. Otros usos y divulgaciones: Como parte de los tratamientos
/ servicios sociales, pagos y atención al cuidado de salud, podemos usar
o divulgar su PHI con el propósito de:
- Recordarle una cita,
- Informarle de posibles tratamientos / servicios sociales alternativos
u opcionales,
- Informarle de beneficios o servicios relacionados a su salud que le
pueden interesar.
II. Otros usos y divulgaciones permitidos
- Otras personas involucradas en su cuidado de salud o servicios sociales:
Nosotros podemos usar o divulgar su PHI a su tutor legal o a su representante
personal o a cualquier persona directamente responsable por su cuidado. Finalmente
podemos usar o divulgar su PHI a una entidad autorizada, pública o
privada, para ayudar en los esfuerzos por aliviar la situación en caso
de desastre y para coordinar los usos y las divulgaciones a la familia o a
otras personas involucradas en su cuidado.
- Barreras en la comunicación: Nosotros podemos usar
y divulgar su PHI si intentamos obtener de usted una autorización pero
no podemos lograrlo debido a que materialmente nos encontramos impedidos de
comunicarnos y no podemos superar tal situación, por lo que basándonos
en nuestro juicio profesional, decidimos por usted en la presunción
que usted intenta dar su autorización.
III. Otros usos y divulgaciones requeridos
Podemos usar o divulgar su PHI sin su autorización en las siguientes
situaciones. Estas situaciones incluyen:
A. En asuntos relacionados con procedimientos judiciales o administrativos:
Nosotros podemos divulgar su PHI en el transcurso de cualquier proceso judicial
o administrativo en respuesta a una orden de la Corte o Magistrado debidamente
autorizado por tal orden o como respuesta a una autorización firmada.
B. A un hospital determinado en el cual el cliente es internado involuntariamente:
Nosotros podemos divulgar PHI para asegurar la continuidad de cuidado.
C. Para reportar el abuso, la negligencia o la violencia doméstica:
Nosotros estamos obligados a reportar a las autoridades gubernamentales
en casos de abuso, negligencia o violencia doméstica. Nosotros lo haremos
solamente cuando la ley así lo requiera o autorice específicamente.
D. Actividades de Vigilancia de los Servicios Sociales: Nosotros
podemos divulgar su PHI a una agencia de vigilancia de los servicios sociales
o de salud para actividades autorizadas por la ley, tales como auditorias; investigaciones
civiles, administrativas o criminales, procesos o acciones legales; inspecciones;
una censura o acciones disciplinarias; u otras actividades necesarias para la
debida auditoria como lo autoriza la ley. Nosotros no divulgaremos su PHI si
usted es sujeto de una investigación que no está relacionada con
la atención a su salud, los servicios o beneficios públicos que
usted recibe.
E. En caso de una emergencia médica o sicológica: Podemos
divulgar PHI al servicio médico directo o al personal de salud mental
si en nuestro juicio profesional se trata de una emergencia médica o
sicológica.
F. Por motivos de investigación: En algunas circunstancias,
sujeto a un proceso especial de aprobación, nosotros podemos divulgar
su PHI con propósitos de investigación. También podemos
permitir a potenciales investigadores que revisen información que les
podría ayudar en la preparación de la investigación, siempre
que estén de acuerdo con protecciones específicas a la privacidad.
G. Cuando la ley lo exige: Divulgaremos su PHI cuando la ley
federal, estatal o local así lo exija.
H. Frente a una inminente amenaza a la salud o a la seguridad: Conforme
a las leyes federales y estatales aplicables, podemos divulgar su PHI, si creemos
que este uso o divulgación es necesario para evitar o minimizar una inminente
amenaza a la salud o a la seguridad de una persona o al público.
I. A los Departamentos de Bienestar del Niño, Salud Mental e
Incapacidad para el Desarrollo*: Nosotros divulgaremos la PHI para
actividades de auditoria del servicio social o de salud según como lo
identifiquen dichas agencias.
J. Para todos los demás casos de divulgación
de su PHI debemos obtener una autorización escrita antes de proceder
a la revelación de alguna información Esta autorización
deberá incluir:
- El nombre de la persona específica a la cual se revela la información
- El motivo de la divulgación
- La fecha de la divulgación - hora
- La información o documentos específicos que se divulgan
- La oportunidad de revocar el consentimiento
IV. Sus derechos respecto a su PHI
A continuación, una declaración de sus derechos respecto a su
PHI y una breve descripción de cómo usted puede ejercer estos
derechos.
A. Derecho a inspeccionar y copiar. Usted tiene el derecho
de inspeccionar y recibir una copia de su PHI. Si nosotros vemos que el proveerle
acceso a sus archivos constituye un peligro para usted mismo o para otras personas,
podemos hacer uso de nuestro juicio profesional en cuanto a la decisión
de concederle tal acceso.
B. Derecho a solicitar restricciones: Usted tiene derecho a
pedir una restricción de su PHI. Esto quiere decir que usted puede pedir
que nosotros no usemos o divulguemos cualquier parte de su PHI por fines de
tratamiento / servicios sociales, pagos o actividades propias al de salud. Usted
también puede pedir que cualquier parte del archivo de su caso no sea
divulgada a miembros de su familia o amigos quienes pueden estar involucrados
en su cuidado o por motivos de notificación tal como están descritos
en este Aviso sobre Prácticas de la Privacidad. Su solicitud deberá
especificar la restricción y a quién quiere que se le aplique
tal restricción.
No estamos obligados a acceder a la restricción que usted solicite. Su
PHI no será restringida si nosotros creemos que es lo mejor para su propio
interés. Si estamos de acuerdo con la restricción solicitada,
no podremos usar o divulgar su PHI sin violar dicha restricción, a menos
que ésta sea necesaria para proveer un tratamiento de emergencia.
C. Derecho a solicitar comunicaciones confidenciales: Usted
tiene derecho a solicitar comunicaciones confidenciales de nuestra parte, por
medios alternativos y/o a una dirección alternativa. Usted deberá
hacer esta solicitud por escrito. Nosotros nos adecuaremos a cualquier pedido
razonable. Pero también podemos poner condiciones a este arreglo al pedirle
que nos informe cómo se manejará lo referente a los pagos o que
nos especifique una dirección alternativa u otra manera de ponernos en
comunicación con usted. No pediremos ninguna explicación a su
solicitud de comunicación confidencial. No estamos obligados a aceptar
su pedido, pero si no lo hacemos, le explicaremos los motivos por escrito.
D. Derecho a Enmendar: Usted puede tener el derecho a enmendar
el archivo de su caso. Esto quiere decir que usted puede pedir una corrección
de la información contenida en el archivo de su caso durante todo el
tiempo que nosotros mantengamos dicha información. Deberá hacer
esta solicitud por escrito y dar una razón para la enmendadura. En algunos
casos, nosotros podemos denegar su solicitud. Si la denegamos, lo haremos por
escrito. Usted tiene derecho de presentar una declaración de desacuerdo
y nosotros podemos refutar su declaración y le entregaremos una copia
de dicha réplica. Si usted desea presentar una enmienda, por favor comuníquese
con su trabajadora social.
E. Derecho a una relación detallada de las divulgaciones:
Si así fuera el caso, usted tiene derecho a recibir una relación
detallada de algunas divulgaciones de su PHI que se hayan efectuado. Este derecho
se aplica a toda revelación hecha con propósitos diferentes a
los servicios sociales/tratamientos, pagos u otras acciones descritas en este
Aviso sobre Prácticas de Privacidad. Por ley están excluidas las
revelaciones hechas a usted mismo, a los miembros de su familia o amigos directamente
involucrados con su caso o por motivos propios de una notificación. Usted
tiene el derecho a recibir información específica acerca de dichas
divulgaciones ocurridas después del 16 de abril, 2003. Usted puede solicitarla
por un período de tiempo más corto.
F. Derecho a una copia escrita de este aviso: Usted tiene
derecho a obtener de nosotros una copia escrita de este aviso de divulgación,
si así lo solicita, aunque haya aceptado recibirla electrónicamente.
V. Quejas
Si usted considera que han sido violados sus derechos a la privacidad, puede
presentar su queja contra nosotros o la Secretaría de Salud y Servicios
Humanos (Secretary of Health and Human Services). Usted puede presentar una
queja por escrito con nosotros, avisando a nuestro Privacy Officer de su queja.
Nosotros no tomaremos represalias en su contra por el hecho de registrar una
queja.
Para mayor información sobre el procedimiento para presentar una queja,
usted puede comunicarse con el Privacy Officer de Casey Family Services en HIPAAprivacy@caseyfamilyservices.org
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VI. Cambios a este Aviso
Nosotros mantenemos el derecho de cambiar este aviso. Mantenemos el derecho
a hacer efectivo el aviso modificado o revisado tanto para la PHI que actualmente
tenemos sobre usted o para cualquier otra información que recibamos en
un futuro. En nuestra oficina se colocará una copia del aviso vigente.
En la primera página del mismo, en la esquina superior derecha, aparecerá
la fecha de vigencia. Le ofreceremos una copia del aviso vigente cuando usted
visite nuestra oficina.
VII. Fecha en la cual entra en vigencia:
Este Aviso sobre Prácticas de Privacidad entra en vigencia el 7 de enero
del 2004.
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